CAPITULO I.
NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
ARTICULO 1.
Varios aficionados a la cata y degustación de vinos acordaron organizar un grupo sin ánimo de lucro cuya denominación fue
"Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo "
ARTICULO 2.
El Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo tendrá como sede principal la ciudad de Medellín, departamento de Antioquia. El Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo podrá establecer subsedes en cualquier lugar de la República de Colombia.
ARTICULO 3.
El Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo tendrá una duración indefinida, pero podrá disolverse por decisión de los miembros del grupo primario, siempre y cuando exista quórum el día de la asamblea general.
ARTICULO 4.
La acción de los miembros del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo se inspirará en los principios de seriedad, objetividad, rigor científico y lúdica. Su conducta personal se guiará en la solidaridad, la responsabilidad, el espíritu de investigación y la eficiencia de trabajo.
ARTICULO 5.
El Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo tendrá los siguientes objetivos:
1. Promover la atención sobre el desarrollo del conocimiento en el campo de la Viticultura y la Enología.
2. Propiciar la organización y participar en el desarrollo de eventos tales como: congresos, seminarios, simposios, cursos, foros, grupos de estudio y demás eventos que permitan avanzar en el conocimiento
3. Difundir los conocimientos generados en el proceso, a través de las memorias y/o resúmenes de los encuentros que se realicen tanto a nivel nacional como internacional
4. Colaborar con las personas, comunidades, entidades nacionales e internacionales, en todas las acciones implicadas al conocimiento de la Enología
5. Establecer contacto con personas y organizaciones del medio científico, técnico, económico y social que persigan objetivos similares.
CAPITULO II.
PATRIMONIO.
ARTICULO 6.
El patrimonio del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo estará constituido por:
1. Los aportes ordinarios que los miembros convengan para su funcionamiento.
2. Los aportes, donaciones, patrocinios, herencias, legados y subvenciones que reciba de cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, enmarcados dentro de las normas y leyes que rigen la DIAN.ARTICULO 7.
Las rentas del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo estarán constituidas por:
1. Los aportes que los miembros convengan para su funcionamiento.
2. Los pagos por servicios científicos, técnicos y publicaciones de carácter académico que reciba el Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo dentro de las normas legales de la DIAN.
3. Los auxilios, donaciones y contribuciones de entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, destinadas a cubrir gastos de funcionamiento.
4. Cualquier otra clase de ingresos.ARTICULO 8.
Dado el carácter del grupo sin ánimo de lucro, las rentas y el patrimonio del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo solo podrán dedicarse al sostenimiento del mismo y al logro de sus objetivos.
CAPITULO III.
COORDINACIÓN, REUNIONES QUINCENALES Y ANUALES DE SUS MIEMBROS, JUNTA DIRECTIVA.
ARTICULO 9.
La dirección general del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo, así como su orientación, estará a cargo de las personas que conforman el grupo, enmarcados dentro de los objetivos del mismo
ARTICULO 10.
La reunión de los miembros de la asamblea, constituyen la máxima autoridad y tiene las siguientes funciones:
1. Expedir y reformar sus Estatutos.
2. Elegir la Junta Directiva.
3. Establecer las cuotas de ingreso o aportes ordinarios de capital, así como las cuotas de sostenimiento.
4. Aprobar los informes de tesorería.
5. Elegir a uno de sus miembros para que presida las reuniones y la asamblea.ARTICULO 11.
La asamblea se realizará anualmente, y será citada por la junta directiva o cualquier miembro del grupo.
ARTICULO 12.
El Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo tendrá una junta directiva de tres (3) miembros: Coordinador(a), secretario(a) y tesorero(a). Los miembros de la junta pueden ser elegidos hasta por dos (2) períodos consecutivos.
ARTICULO 13.
Serán funciones de la Junta Directiva :
1. Organizar las comisiones necesarias para el cabal cumplimiento de los objetivos del grupo. Así como impulsar y promover las tareas dentro del plan de trabajo anual.
2. Autorizar las operaciones de financiamiento.
3. Autorizar los gastos de funcionamiento del grupo.
4. Estudiar y decidir sobre la vinculación de nuevos miembros, previa aceptación en reunión del grupo.
5. Cumplir y hacer cumplir los estatutos y las determinaciones tomadas por sus miembros.
6. Dirigir correspondencia del grupo.ARTICULO 14.
Serán funciones del coordinador(a):
1. Citar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del grupo.
2. Promover y organizar la difusión de los objetivos del grupo.
3. Promover la vinculación de nuevos miembros y sus nombres al grupo. Su presentación la hará un integrante del grupo y el nuevo miembro hará su sustentación respectiva.
4. Representar al grupo.ARTICULO 15.
Serán funciones del secretario(a):
1. Elaborar correspondencia y archivarla.
2. Organizar y manejar el archivo.
3. Colaborar con la junta para un mejor funcionamiento del grupo.ARTICULO 16.
Serán funciones del tesorero(a):
1. Presidir la comisión de financiamiento.
2. Presentar informes cuando sea conveniente o la junta lo exija.
3. Cobrar las cuotas de funcionamiento.
4. Crear mecanismos para la financiación del grupo.
CAPITULO IV.
MIEMBROS.
ARTICULO 17.
Serán miembros activos del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo todas las personas aficionadas a la enología, al sector educativo, investigativo, de extensión, productivo, nacionales y extranjeras que adopten estos estatutos y que asistan a las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por la junta directiva. Igualmente, aquellos con carácter de invitados especiales, los cuales se deben acoger al presente estatuto.
Parágrafo 1. Se consideran fundadores aquellos miembros quienes a la fecha de constitución del grupo figuran en el acta inicial.
Parágrafo 2. Para ser miembro activo del Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo se requiere ser presentado por un miembro activo que pertenezca al mismo y diligenciar el Formato de Inscripción y Acta de Compromiso, lo cual garantiza el cumplimiento de los deberes a los que se ha comprometido.
ARTICULO 18.
El retiro y la vinculación al Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo son voluntarios y no habrá reintegro de los fondos o bienes que los miembros hubiesen contribuido al funcionamiento del mismo.
Parágrafo 1. Al retirarse debe justificarse por escrito y estar a paz y salvo con la tesorería y haberes del grupo.
ARTICULO 19.
Son deberes de los miembros:
1. Pagar cumplidamente los aportes y cuotas para el funcionamiento del grupo, valor fijado en las reuniones de carácter semestral.
2. Participar con su trabajo en las acciones y tareas del grupo.
3. Contribuir en la forma que prevén estos estatutos al logro de los objetivos del grupo.
4. Integrarse en los trabajos de investigación aprobados por el grupo.
5. Asistir a las reuniones quincenales con seriedad y puntualidad; en caso de fuerza mayor, debe presentar excusa por escrito al coordinador del grupo. Quien por tres reuniones no asista ni presente excusa se le hará un llamado de atención y si persiste, será excluido del grupo.ARTICULO 20.
Son derechos de los miembros:
1. Elegir y ser elegido para los cargos de representación y dirección del grupo.
2. Ser designados por el Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo para tareas y proyectos específicos.
3. Participar en reuniones, congresos, seminarios y demás eventos científicos y sociales que el Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo organice y promueva en desarrollo de sus funciones, o donde el grupo sea invitado. Esta participación se hará de acuerdo con los criterios establecidos por la junta directiva previa ratificación de los integrantes del grupo.
4. Recibir el apoyo del grupo para la ejecución de proyectos de investigación ligados a los objetivos planteados en los estatutos.
5. Recibir el apoyo del grupo para el trámite de propuestas de investigación ante otras entidades nacionales o extranjeras.
6. Utilizar las instalaciones y equipos que el Grupo de Connaisseur´s - La Cola de Pavo adquiera de acuerdo con las condiciones y necesidades del grupo.
7. Utilizar los servicios de documentación (biblioteca) que el grupo establezca o posea.
Dado en Medellín en el segundo semestres del 2004.
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Última modificación: Jueves, 11 de Junio de 2009. Copyright © 2004